Normativa y Legislación Vigente: Todo lo que debes saber antes de instalar un pastor eléctrico

Los pastores eléctricos llevan décadas formando parte del paisaje rural español y siendo una herramienta clave para el agricultor y el ganadero. Hoy en día, no solo permanece su utilización para el control de ganado, también como sistema de protección de cultivos frente a la fauna salvaje e incluso como medida disuasoria de mascotas como perros y gatos en propiedades particulares.

Un pastor eléctrico es un sistema totalmente seguro, eficaz y legal y como ocurre con cualquier instalación eléctrica, su utilización no está al margen de la ley. En España existe una normativa que regula el funcionamiento de los pastores eléctricos y su instalación con el fin de garantizar la seguridad para las personas, los animales y el entorno. Conocer esta normativa nos puede evitar problemas técnicos y también prevenirnos de bulos, amenazas de sanciones sin fundamento y alguna que otra conversación incómoda con el vecino. En este sentido, nos plantean a diario situaciones de todo tipo: Desde el vecino que amenaza con denunciar al propietario de un cercado en su vivienda hasta el ayuntamiento de una localidad que pone trabas a un ganadero para instalarlo porque le exige un permiso de obra. Pero ¡Nada más lejos de la realidad!

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BASES LEGALES Y FUNCIONAMIENTO DEL PASTOR ELÉCTRICO:

 

La base legal que regula los cercados eléctricos para ganado es la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-39, incluida en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión aprobado en el Real Decreto 842/2002. Esta norma define conceptos como cerca eléctrica, alimentador (pastor eléctrico) y los requisitos que deben cumplir tanto el equipo como la instalación.

Se entiende por cerca eléctrica una barrera formada por uno o varios conductores —hilos, alambres, cintas o similares— destinados al control de animales. El pastor eléctrico o alimentador de cerca eléctrica es el equipo encargado de suministrar de forma regular, impulsos eléctricos de tensión a esa cerca. Estos impulsos están diseñados para ser disuasorios, no peligrosos, y siempre lo serán cuando el equipo cumpla con las normas establecidas. La normativa contempla distintas posibilidades de alimentación del pastor eléctrico: equipos conectados directamente a la red eléctrica, equipos alimentados por baterías recargadas desde la red y equipos autónomos alimentados exclusivamente por baterías o sistemas independientes como los solares. En todos los casos, la instalación debe realizarse respetando las prescripciones de seguridad del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

En cuanto a la instalación del cercado, la ITC-BT-39 también regula aspectos prácticos del montaje como por ejemplo, establecer que los conductores de la cerca deben mantenerse separados de objetos metálicos ajenos, que no deben sujetarse a apoyos de otras canalizaciones eléctricas o de telecomunicaciones y que las puertas del cercado deben contar con sistemas de maniobra que dejen sin tensión el tramo correspondiente al abrirse. Todo ello con el fin de evitar contactos accidentales y situaciones de riesgo.

 

instalación de cercado según normativa pastor electrico

La importancia del marcado CE:

Cuando el pastor eléctrico está conectado a la red, la normativa exige que cumpla con la norma UNE-EN 60335-2-76, específica para cercas eléctricas. Esta exigencia no es un simple trámite: garantiza que el equipo ha sido diseñado y fabricado conforme a criterios de seguridad eléctrica reconocidos a nivel europeo, limitando la energía de los impulsos y asegurando un funcionamiento adecuado. En este punto cobra especial importancia la Declaración UE de Conformidad que tienen nuestros equipos. Este documento certifica que los pastores eléctricos cumplen con las directivas europeas aplicables, entre ellas la Directiva de Seguridad General de los Productos, la Directiva de Compatibilidad Electromagnética y la Directiva sobre Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos. A efectos prácticos, los pastores que no cumplen esta normativa, no han pasado las inspecciones oportunas y por lo tanto no son seguros a ojos de la Ley. En otras palabras, por ejemplo si se escapase un animal a la carretera y causase un accidente o un animal que sea peligroso y pueda causar algún daño personal, habría que dirimir responsabilidades. No ocurre esto si adquirimos un pastor homologado y con marcado CE.

No obstante, lo que sí es relevante desde el punto de vista legal es la señalización. La normativa exige la colocación de carteles de advertencia cuando la cerca esté al alcance de personas no prevenidas, y en todo caso cuando esté situada junto a una vía pública. Estos carteles deben ser claramente visibles, llevar la indicación “CERCA ELÉCTRICA” sobre fondo amarillo y colocarse a intervalos de 50 metros.

Es por esto que mientras el cercado se encuentre dentro de una propiedad privada no hará falta ningún tipo de permiso pero sí deberá señalizarse con estos carteles cuando linde con algún camino público. Al mismo tiempo, puede que algunas Comunidades Autónomas apliquen regulaciones específicas dentro del territorio o los casos especiales como que la propiedad esté dentro de una zona natural, protegida o en cotos de caza puede estar sujeta a una regulación específica en ese territorio. La mejor forma de salir de dudas y saber si existe alguna normativa vigente en un determinado municipio o CCAA, es preguntar en el ayuntamiento de la localidad.

 

señalización cercado eléctrico normativa

 

En conclusión, instalar un pastor eléctrico en España es un proceso sencillo siempre que se haga con equipos conformes a la normativa y respetando las prescripciones legales y no tendría que derivar en conflictos de ningún tipo. La legislación no busca complicar la vida al usuario, sino asegurar que el sistema sea seguro, eficaz y compatible con el entorno.